ANMAT PROHIBIÓ LA VENTA DE UNA MARCA DE SNACKS Y PICADAS POR ESTAR FALSAMENTE RETULADOS

Nacionales 07 de mayo de 2024 Por Redacción - Portal Vos
Los productos presentaban en sus envases el símbolo Sin TACC, pero no tenían permiso. El organismo resolvió prohibir su venta "a fin de proteger la salud de la población celíaca".
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, venta y consumo de una marca de snacks y tablas de picadas por considerar esos alimentos como ilegales. La medida fue dada a conocer este martes, a través de la Disposición 4115/2024 publicada en el Boletín Oficial de la Nación.

Los productos estaban falsamente rotulados y presentaban en sus envases el símbolo Sin TACC, pero no tenían permiso. Por esta razón, el organismo dependiente del Ministerio de Salud los consideró ilegales y prohibió unos palitos salados, maní salado y tabla de picadas de la marca San José, elaborados en Arroyo Cabral, Córdoba.

Según indica el texto oficial, la investigación comenzó a partir de una notificación proveniente de la Dirección de Bromatología de la provincia de Chaco, donde un consumidor denunció que compró los productos supuestamente sin TACC, es decir, apto para celíacos.Sin embargo, al realizar la consulta en el listado oficial de alimentos libres de gluten de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), no encontró registros de estos productos.
Por esa razón, la Dirección realizó una investigación a fin de verificar la información en los rótulos de los productos y el resultado es que estaban falsamente rotulados y presentaban en su envase el símbolo “Sin T.A.C.C.” sin contar con la autorización correspondiente.

La decisión de la ANMAT
Con esta información, el organismo argumentó su decisión: "A fin de proteger la salud de la población celíaca, ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, y de productos alimenticios que contengan trigo, avena, cebada o centeno (TACC) y que posean la leyenda “Libre de Gluten” y/o el símbolo “Sin TACC” sin corresponderle dicho atributo".

De esta manera, se resolvió prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de venta en línea de los siguientes productos:

“Palitos Salados, marca San José, RNE: 04004504 - RNPA: 04049798, Arroyo Cabral, Córdoba, con el símbolo Sin TACC”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Tabla de Picadas, RNE 040004505, RNPA 04050248, Envasado y Distribuido por Empresa San José, Arroyo Cabral, Córdoba, con el logo sin TACC, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Maní Crocante original, marca San José, RNE 04004008, RNPA 04077982, con logo sin TACC en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento

FUENTE: AMBITO

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