ENTRÓ EN VIGENCIA LEY DE NIETOS

Nacionales 21 de octubre de 2022 Por Redacción - Portal Vos
La nueva norma busca resarcir a los descendientes de españoles perseguidos por el franquismo y facilita el trámite para los argentinos.
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Este viernes  21 entró en vigor en España la Ley de Memoria Democrática, también conocida como “Ley de nietos”, que permitirá que miles de argentinos puedan acceder a la ciudadanía española.

Quiénes lo pueden solicitar
La “Ley de nietos” no determinará un límite de edad para aplicar. La normativa vigente, en contraposición, tiene en cuenta solo a hijos de padres españoles que cumplan alguno de los requisitos detallados por el Ministerio de Exteriores español:

Haber nacido antes de enero de 1985 y que el padre o madre, nacido fuera de España, haya obtenido la nacionalidad antes de que el interesado naciera.

Ser menor de 21 años y el padre o madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad antes de que el interesado naciera.

Ser menor de 20 años y el padre o madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad después de que el interesado naciera y antes de sus 18 años.

La legislación se aplicará de manera directa y sin necesidad de que la persona que recibe el beneficio deba vivir una determinada cantidad de tiempo en el país. Actualmente, los argentinos que no poseen la ciudadanía o tienen solo visas de trabajo o estudio pueden permanecer en España por 90 días de manera legal.

De obtener la ciudadanía española, se otorga acceso además al sistema educativo local, trabajos dentro de la comunidad europea y el libre tránsito.

Qué documentación se necesita
Para proceder con la obtención de la ciudadanía española, es necesario presentar la siguiente documentación:

El acta de opción por la nacionalidad española
Partida de nacimiento de los progenitores españoles en caso de que no esté inscripto en el Registro Civil español.
Partida de nacimiento del interesado expedida por el Registro Civil argentino, legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y con postilla de La Haya.
Acta de matrimonio de los progenitores o partida de nacimiento del padre o madre que no posee la nacionalidad española.
Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español.
DNI argentino del progenitor español.
DNI argentino del interesado.
En caso de adopciones, se debe aportar el testimonio completo de adopción junto con la partida de nacimiento del adoptado.
Una vez reunida la documentación, se debe acceder al sitio web del Consulado General de España, y crear allí un usuario y una contraseña. Además, se deberá solicitar un turno para alguno de los cinco consulados.

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