GOBIERNO CONGELÓ EL PRECIO DEL OXÍGENO LÍQUIDO MEDICINAL

El Gobierno Nacional congeló el precio del oxígeno líquido medicinal a granel o en tubo por al menos 90 días.
A través de la Resolución Conjunta 6/2021 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso: "Establécese que los sujetos que integran la cadena de producción, transporte, distribución y acarreo de oxígeno líquido medicinal a granel o en tubo no podrán aumentar sus precios de venta y/o prestación de servicios por el plazo que se encuentre vigente la presente medida".
En el segundo artículo de la normativa se estableció: "A los fines establecidos en el artículo precedente, considérase precio máximo de venta de oxígeno líquido medicinal a granel o en tubo y de prestación del servicio de transporte, distribución y acarreo el vigente al momento de la publicación de la presente resolución conjunta en el Boletín Oficial".
Asimismo, el Gobierno indicó: "Intímase a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y acarreo de oxígeno medicinal a granel o en tubo de la presente medida, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte, distribución y comercialización en todo el país durante el período que dure la emergencia sanitaria".
"Fíjase para todos los sujetos productores de oxígeno líquido en el Territorio Nacional el abastecimiento de la demanda de los establecimientos asistenciales y/o productivos del sector de la salud con carácter exclusivo", se dispuso en la Resolución Conjunta publicada en el Boletín Oficial.
Además, la normativa establece la creación de la Comisión de Monitoreo de Insumos Críticos para la atención de coronavirus que estará integrada por los ministros de Salud y de Desarrollo Productivo. Esta Comisión podrá:
1. Requerir mediante resolución fundada información a los sujetos alcanzados por la presente medida y a los establecimientos de salud de todo el País para el cumplimiento de sus finalidades públicas.
2. Instruir a las empresas productoras y distribuidoras de oxígeno líquido medicinal, la provisión constante e ininterrumpida del oxígeno líquido en el Territorio Nacional a los establecimientos de Salud sin perjuicio de contratos preexistentes con otro destino.
3. Convocar a aquellos organismos públicos y cámaras, empresas productoras y distribuidoras del sector que se consideren necesarios.
https://www.derf.com.ar/gobierno/gobierno-congelo-el-precio-del-oxigeno-liquido-medicinal-n1537657