DESDE HOY, QUEDAN PROHIBIDAS LAS REUNIONES SOCIALES

Nacionales 03 de agosto de 2020 Por Redacción - Portal Vos
Desde este lunes 3 de agosto y tras un decreto del presidente Alberto Fernández quedan prohibidas las reuniones familiares en toda la Argentina por el lapso de 15 días. Se intenta frenar y evitar el avance del coronavirus.
REUNIONES SOCIALES

Ante el avance de los casos de coronavirus en varias ciudades de la Argentina, el presidente Alberto Fernández prorrogó desde este lunes hasta el día 16 de agosto inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y prohibió las reuniones sociales en todo el territorio nacional.
 
El decreto 641, con la firma del primer mandatario argentino, fue publicado este domingo en el Boletín Oficial y la medida alcanza tanto a las áreas bajo el Distanciamiento Social, preventivo y Obligatorio (DISPO) y a las del Aislamiento (ASPO).

La medida, según expone el decreto, se da tras el incremento en el número de casos de coronavirus producto de las reuniones hogareñas a partir del lunes y hasta el 16 de agosto en todas las zonas DISPO, es decir, donde la cuarentena está más flexibilizada, se prohíben "los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente".

La infracción a la norma dispuesta “deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación".

Además, quedan prohibidas la "práctica de cualquier deporte donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes. Los mismos deberán realizarse, preferentemente en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente un protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a DOS (2) metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control de su cumplimiento".

El DNU prohíbe además la "realización de eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a DIEZ (10) personas. Los mismos deberán realizarse, preferentemente, en lugares abiertos, o bien respetando estrictamente el protocolo que incluya el distanciamiento estricto de las personas que no puede ser inferior a DOS (2) metros, y en lugares con ventilación adecuada, destinando personal específico al control del cumplimiento de estas normas".

FUENTE: DERF

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