ELEVAN EL MONTO MÍNIMO DE RETENCIÓN DE GANANCIAS E IVA PARA PYMES
Según la Resolución 3878 de AFIP, el IVA también se podrá pagar en forma trimestral sin abonar intereses y se simplificarán los mecanismos para obtener el certificado de exclusión de retenciones.
El pago trimestral del IVA también beneficia a personas físicas que facturen hasta 2,5 millones de pesos por año.
A partir de ahora las microempresas deberán demostrar como único requisito dos meses consecutivos de saldos a favor de libre disponibilidad y para el resto de las PYMES se reduce de 20 al 10 por ciento el requisito de la proporción de los saldos a favor de libre disponibilidad sobre el promedio de IVA determinado en los últimos 12 meses.
Nadin Argañaraz, asesor de la Unidad Ministro del Palacio de Hacienda destacó que la medida favorece a las PYMES porque les ofrece una herramienta de financiamiento que no tenían y estimó que unos 4.500 millones de pesos quedarán transitoriamente en poder de ese sector lo que incentivará la inversión. "La suba de mínimos para retenciones de IVA y Ganancias que recaen sobre las PYMES cuando venden es otra medida que mejorará su caja. Menos saldos a favor, más caja, más capital de trabajo", recalcó.
Argañaraz remarcó que "las medidas pro PYMES tomadas desde la AFIP brindan financiamiento a costo cero para el capital de trabajo del motor de la economía". Añadió que "el pago trimestral del IVA para PYMES es obtener un préstamo por tres meses a tasa de interés cero. Incentivo relevante para asistirlas". "El pago trimestral del IVA para las PYMES es una medida que tendrá un impacto significativo en el flujo financiero de estas empresas", señaló el funcionario.