SAIN DENUNCIÓ AL JUEZ FEDERAL MARCELO BAILAQUE

Policiales 09 de septiembre de 2020 Por Redacción - Portal Vos
El ministro de Seguridad le apuntó por no habilitar un allanamiento a una reconocida narcotraficante, lo que derivó en su fuga, y devolverle un auto incautado a otro.
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El ministro de Seguridad Marcelo Sain denunció ayer ante el Consejo de la Magistratura al juez federal de Rosario Marcelo Bailaque, como titular del Juzgado Federal 4 de Rosario y como Juez subrogante a cargo del Juzgado Federal 2 de Santa Fe. La acusación más grave es haber permitido la fuga de una narcotraficante santafesina, Lorena Melgarejo, al rechazar el allanamiento a una vivienda donde se alojaba la prófuga de la justicia. La mujer era una asidua contrabandista con vuelos regulares a países limítrofes, y aún hoy sigue prófuga.  Pero también incluye un recordatorio de una denuncia de dos fiscales rosarinos que le reprocharon su respuesta frente a medidas judiciales pedidas en investigaciones sobre narcotráfico. La presentación culmina con el reproche por haberle regresado el auto al narco Carlos Ascaini cuando el mismo era fruto de una actividad ilegal. 


Melgarejo y su pareja, Claudio “Pulga” Casco, están prófugos de la justicia desde el 28 de febrero de este año. Ambos están en esa condición porque una investigación del Fiscal Federal Walter Rodríguez los tiene como los verdaderos dueños de la droga que fue sacada de una avioneta que aterrizó de emergencia en la zona rural de Naré (San Justo) el 22 de febrero pasado. Una investigación conjunta del Organismo de Investigaciones y la Agencia de Investigación Criminal logró determinar que Casco y Melgarejo pusieron la logística para sacar la droga de la aeronave y llevarla, primero a Laguna Paiva, y luego al norte de la ciudad de Santa Fe. En esta causa se encuentran detenidos el piloto de la avioneta y un policía con antecedentes narcos, vinculado al clan “Bergallo”, que también operaba en los barrios del norte.

El 26 de junio un dato clave acercó la Agencia de Investigación Criminal a la Fiscalía: Melgarejo se encontraba en la casa de un familiar directo en el norte de la ciudad capital, en una zona complicada, con camino de tierra y descampado. Frente al domicilio donde se escondía la señalada como narco, los pesquisas de la AIC vigilaron el lugar con muchas dificultades, dado que el terreno era hostil por la presencia de soldaditos y vecinos que reportan a “La Lorena”. Ese viernes por la noche la Fiscalía pidió la orden de allanamiento para ingresar a la casa de la mujer que tiene fuerte vínculo con la banda de “Los Monos” de Rosario. La AIC tenía el dato preciso porque unos días antes Melgarejo se atendió en el Samco de Laguna Paiva y dejó como datos de contacto los domicilios de dos familiares directos: su hermano y su madre.

Todo estuvo dado para que el juez autorice el ingreso legal a la casa. Pero no sucedió. La noche de ese viernes ya estaba afectando la vigilancia y se insistió desde la Fiscalía con la autorización de la orden para ingresar. Bailaque, sin embargo, y a través de su secretario, pidió insólitas medidas: una nota firmada por el personal policial en donde se explique cómo accedieron a ese dato. Pero todos esos pormenores ya habían sido satisfechos previamente desde la Fiscalía Federal. Bailaque no autorizó porque pidió testimonios, fotos e informes que dieran cuenta sobre cómo se llegó a obtener esa información. “Si no estaríamos frente a la posibilidad de legitimar el ‘olfato policial’ para requisar una domicilio”, señaló el magistrado.

Mientras el tiempo transcurría y los pesquisas esperaban la orden que nunca llegó, escuchaban cómo desde adentro del domicilio se utilizaba la cadena del baño con frecuencia, imaginando el descarte, tal vez, de objetos comprometedores. Nada de eso pudo comprobarse porque la orden de allanar nunca salió despachada por Bailaque.

La acusación de ayer está fundada “en que este magistrado, en el marco de su desempeño funcional, llevó a cabo actos constitutivos de faltas disciplinarias  vinculadas a la eficaz prestación del servicio de justicia. Sin perjuicio de la comisión de infracciones disciplinarias que puedan ameritar la imposición de las sanciones previstas en el artículo 10 de la Ley Nacional 26.855, se verifican en el caso motivos serios y suficientes para tener por acreditada la causal de “mal desempeño” (art. 53 de la CN) del magistrado, por haber mediado al menos “la realización de actos de manifiesta arbitrariedad en el ejercicio de sus funciones” y “negligencia grave en el ejercicio del cargo” que causaron un “grave perjuicio a los intereses generales de la sociedad y a la administración de justicia”.-

La demanda solicita además a la Comisión de Disciplina y Acusación de ese Consejo de la Magistratura que disponga la apertura del procedimiento de remoción del juez denunciado, ordene su suspensión, y en su caso, formule la acusación correspondiente ante el Jurado de Enjuiciamiento.

En su presentación Sain remarca que “el desempeño funcional del magistrado en causas penales relativas a narcocriminalidad fue objetado en distintas oportunidades por fiscales federales de la ciudad de Rosario, ya sea por las reiteradas irregularidades procesales cometidas, su renuencia a avanzar de manera ágil y efectiva en las investigaciones, o su accionar obstruccionista al momento de resolver la acumulación de causas que presentaban conexidad objetiva o subjetiva, con el consecuente perjuicio que el desmembramiento de tales investigaciones acarreó para la persecución penal de las organizaciones delictivas".


Y en esa línea recuerda un episodio puntual “En el mes de febrero del año 2013, un diputado nacional por la provincia de Santa Fe denunció a este juez por mal desempeño a raíz de los serios cuestionamientos efectuados por los fiscales federales Juan Patricio Murray y Federico Reynares Solari, quienes indicaron que Bailaque les “había negado medidas procesales requeridas en distintas causas penales relacionadas con la investigación del narcotráfico, desconociendo atribuciones de la fiscalía para investigar en la esfera de su competencia”; observándose que el accionar de dicho magistrado, “contribuía a la pérdida de pruebas necesarias para poder avanzar en la investigación contra las organizaciones de narcotráfico que asolan a nuestra ciudad”.

En aquella oportunidad, los fiscales expresaron que “pareciera que Su Señoría no toma cabal dimensión de la problemática existente en nuestra provincia, y particularmente en la ciudad de Rosario, acerca del crecimiento exponencial de las redes de narcotráfico, la feudalización del territorio por parte de las mismas, la feudalización de las cajas recaudatorias de las agencias de seguridad estatal y el grado de corrupción existente en todos los poderes del Estado”.

La denuncia de Sain también incluye su mal desempeño por haberle devuelto el auto al narco Carlos Ascaini con el que fue detenido en el 8 de mayo de 2012 en inmediaciones de la intersección de las rutas 90 y 94, en cercanía de Villa Cañás, sobre un camino rural cercano. Se trataba de un vehículo marca Audi A4, dominio JKX 323, en el que se afirma como secuestrado un paquete que contenía una sustancia pulverulenta que arrojó un peso de 1,168 kilogramos de material que, sometido al test de campo, arrojó positivo para cocaína, como así también, una pistola Browning calibre 9 milímetros”, en alusión al procedimiento que da base a la causa principal a que este incidente accede. "El accionar desplegado por el juez Bailaque en este caso también es manifiestamente arbitrario y denota un palmario desconocimiento y/o desapego evidente al derecho aplicable, ya que el reintegro de una cosa (automotor) que ha sido utilizada como instrumento para la comisión del delito, o que puede ser el provecho económico del mismo, tal como se acreditó en la causa, está por afuera de todo parámetro legal, no existiendo siquiera posibles criterios interpretativos que avalen la decisión adoptada por el magistrado".

FUENTE: PAGINA12

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