INTIMAN AL PROPIETARIO DE ALMACENES RIPAMONTI PARA QUE HAGA LAS OBRAS NECESARIAS

Locales 05 de septiembre de 2017 Por Redacción - Portal Vos
A fines de julio, comenzó a realizar un estudio del estado constructivo y estructural de los Almacenes Ripamonti. Las inspecciones estuvieron a cargo del ingeniero Marco Boidi. Este relevamiento técnico se hizo para determinar las obras y mejoras que deben efectuarse en el lugar para evitar que se siga deteriorando y a la vez mejore su solidez.

Terminado el trabajo de supervisión, el Fiscal Municipal, Daniel Galoppo, con los resultados en mano, envió este lunes una nueva Carta Documento al propietario del inmueble, donde se lo intima "para que en el plazo de 48 horas, a partir de la recepción de la presente, procedan a efectuar un vallado de seguridad sobre las veredas de calle 9 de Julio y Belgrano linderas" con el fin de "impedir la circulación peatonal por tal sector, ya que del informe citado se desprende que tal circulación no resulta segura para quienes se desplacen por el lugar".

También se dio aviso con un plazo de diez días corridos de recepcionada la intimación para que "procedan a dar inicio las obras necesarias para lograr el estabilizado de los muros perimetrales, en principio mediante el apuntalamiento provisorio de los mismos y definitivamente a través de refuerzos estructurales de hormigón armado, de acuerdo a lo sugerido por el Ingeniero informante".

"Además deberán proceder a estabilizar las cubiertas de sótanos a través de su inmediato apuntalamiento y definitivamente a través de muros de sostenimiento de hormigón armado y refuerzo de bóvedas, todo ello conforme la documentación técnica que forma parte del informe citado", el cual es puesto a disposición de la reclamada, agrega la misiva.

Por otra parte, explican que "igualmente deberán demoler el muro interior sur; estabilizar el muro interno norte mediante refuerzo de hormigón armado; rehabilitar techo y desagües pluviales; rehabilitar estructuras metálicas; sellar y tratar grietas en muros, rehabilitar la estructura de recova; reparar molduras, impermeabilizar mediante azotado hidrófugo los muros y reconstruir veredas".

"La presente le es cursada teniendo como fundamento que el estado actual del bien protegido resulta consecuencia de obras que ustedes han llevado a cabo a partir de la pertinente autorización otorgada mediante Ordenanza Municipal Nº 4.514 hoy derogada, obra que a poco de ser iniciada fuera abandonada sin motivo o explicación alguna".

"Por ende hacemos desde ya responsable civil y, de corresponder penalmente, a vuestra firma de todo daño que pudiese ocurrir en la persona y/o bienes de terceros, derivados del estado que actualmente presenta el inmueble, como igualmente de los daños que pudiera sufrir el mismo bien, considerando su condición de bien protegido, haciendo expresa reserva, en caso de no observar los requerimientos de obras exigidos en la presente, de realizar el Municipio los trabajos, obras y tareas intimadas, las que se ejecutarán a vuestro cargo, promoviendo las acciones judiciales necesarias a tales fines, todo ello sin perjuicio de la aplicación de las sanciones administrativas que pudieran corresponder, derivadas de la normativa municipal vigente, además de reclamar la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, de acuerdo a lo dispuesto en el Art 8º de la Ordenanza N° 3.236".

Todo lo que se detalla en la intimación forma parte del "Programa de Preservación y Defensa del Patrimonio Urbano" regulado por las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 3.236.

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