NUEVA FÓRMULA DE ACTUALIZACIÓN DE LAS CUOTAS DE PREPAGAS

Economía 10 de noviembre de 2022 Por Redacción - Portal Vos
A partir de febrero y durante 18 meses, el incremento de las prepagas tendrá como tope máximo el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
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La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial mediante el decreto 743/2022, que el presidente Alberto Fernández firmó junto a todos sus ministros antes de emprender viaje a Francia.

Dispuso además que las prepagas deberán ofrecer en forma obligatoria a sus usuarios y usuarias, a partir del 1° de enero de 2023, «idénticos planes de cobertura al que posean en la actualidad sin copagos, con la inclusión de copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel, a un precio de, como mínimo, un 25% menor al plan sin copagos».

En cuanto a los aumentos, la medida establece que a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas de las prepagas, incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de obras Sociales, tendrá como tope máximo el 90% del índice Ripte del mes inmediato anterior publicado.

Esto se aplicará «respecto de los y las titulares contratantes que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles», aclara la normativa.

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